La FFCV pide que se respeten las leyes y que se deje de actuar arbitrariamente contra los cazadores, a quiénes se recurre sistemáticamente para evitar la proliferación descontrolada del jabalí y de otras especies cinegéticas en distintas zonas de la Comunitat Valenciana.
La Federación de Caza de la Comunidad Valenciana emprenderá acciones legales por daños y perjuicios contra las organizaciones y particulares que pudieran impedir la celebración de una batida de jabalí prevista para el domingo, 13 de diciembre, en Xeraco (Valencia). La batida está organizada por el Club de Cazadores San Humberto de Xeraco y surge a raíz de las peticiones que han efectuado al presidente del Club algunos productores y agricultores por los daños ocasionados por los jabalíes en las producciones agrícolas. El control de la población de jabalíes en el coto que gestionan es, además, una obligación del Club, y el incumplimiento supone una infracción a la Ley de Caza de la Comunidad Valenciana, por lo que en caso de no realizarse, el club puede ser considerado responsable de los daños causados por el jabalí a la agricultura.
Desde la Federación de Caza de la Comunidad Valenciana, su presidente Vicente Seguí, ha explicado que “los cazadores siempre ejercemos nuestra actividad dentro de la legalidad y bajo la supervisión de la administración competente, que es la Conselleria de Medio Ambiente” por lo que “interpondremos las acciones legales correspondientes contra aquellos que puedan vulnerar el derecho de un Club y de los cazadores federados a desarrollar su afición dentro de la normativa vigente”. Seguí añade que “los cazadores actúan cuando nos lo demandan, como es el caso, y estas actuaciones tienen en la caza social a una aliada para solventar problemas que pueden producirse en momentos puntuales y lugares determinados”.
El Club de Cazadores de Xeraco cuenta con el permiso de la Conselleria de Medio Ambiente, y así se lo ha trasladado al Ayuntamiento. Por su parte, la Federación de Caza ha solicitado a las Fuerzas de Seguridad que velen porque la batida se pueda celebrar con normalidad y seguridad ante las amenazas y protestas de colectivos animalistas. “Cualquier alteración del orden público que molestara o impidiera la realización de la batida supondría una infracción a la propia Ley de Caza y a la legislación sobre seguridad ciudadana” precisan los servicios jurídicos de la FCCV.
La caza del jabalí está regulada por Orden 3/2012, de 19 de enero, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, y por la planificación técnica de cada acotado de conformidad con la Ley 13/2004, de Caza de la Comunidad Valenciana (LCCV). El Plan Técnico de Ordenación Cinegética que cada acotado posee, y que es aprobado por la Conselleria, regula tanto las inversiones que deben realizar los cazadores en su coto en mejoras de hábitat y en beneficio de toda su flora y su fauna, como el número de ejemplares a abatir de las distintas especies cinegéticas, los días y horarios hábiles de caza, y en las modalidades autorizadas.
Imperativo jurídico
Por eso, la Federación de Caza advierte que la caza del jabalí, allí donde prolifera y puede convertirse en plaga, es un imperativo legal de conformidad a la Ley de Caza de la Comunidad Valenciana al estar contemplado en los Planes Técnicos de Ordenación Cinegética. “El control poblacional de una especie recogida en un plan técnico se encuentra dentro de los deberes de gestión del titular cinegético y es de obligado cumplimiento, o de lo contrario podría incurrirse en una infracción administrativa del art. 58.1.5 y 58.2.2 LCCV”, recuerdan los servicios jurídicos.
En segundo lugar, la cacería de jabalí es un mecanismo de control de especies a los efectos de evitar daños a la agricultura o para reducir el riesgo potencial de accidentes de tráfico provocados por la irrupción de estos animales en la calzada y que ha provocado varias víctimas en todo el territorio del Estado, de nuestra Comunidad y en la zona de Xeraco, en particular. De igual modo, este control poblacional evita la zoonosis y epizootias, pues la abundancia de animales puede suponer un riesgo de que los jabalíes trasmitan enfermedades (tuberculosis, peste porcina, etc.), pudiendo afectar tanto a la cabaña porcina dedicada al consumo humano e incluso a las propias personas.
Con respecto al corte de caminos cuando se va a celebrar una batida, la Orden 3/2012, de 19 de enero, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, estipula la obligación del organizador de la cacería de comunicar al Ayuntamiento la realización de la batida y el lugar de la misma, siempre que los cazadores se aposten en caminos (art. 6). Además deben señalizarse los caminos de acceso a la zona con las señales oficiales a los efectos de advertir a terceras personas de la realización de la misma, para que por su seguridad no se adentren en la misma.
El Club de Cazadores, en aras de la seguridad, puede solicitar a su Ayuntamiento el cierre de los caminos, una circunstancia que vivimos con normalidad con motivo de fiestas patronales, fuegos artificiales, verbenas, procesiones, fallas, carreras populares, etcétera. Los cazadores deben tener el mismo trato administrativo que cuando otro club deportivo, una falla, asociación, entidad religiosa, manifestación, etcétera, solicita el corte de calles o caminos para la realización de alguna de sus actividades. Son necesidades de la vida en común que todos respetamos y comprendemos aunque no compartamos o participemos en dicha actividad.