Martes, 2 de junio de 2015. La Federación de Caza de la Comunidad Valenciana facilitará al máximo a los nuevos cazadores el acceso a la formación obligatoria que les permitirá obtener el certificado de aptitud para conseguir su licencia de caza, en cumplimiento de la orden de la administración autonómica publicada hoy y que entra en vigor mañana. La Escuela de Caza y Naturaleza, creada en 2007, es una de las entidades homologadas para impartir y realizar estas pruebas de aptitud y en breve ofertará el calendario de cursos y lugar de celebración de los mismos “para dar todas las facilidades al colectivo de cazadores y que esto no suponga una traba”, asegura Vicente Seguí, presidente de la Federación de Caza.
Seguí, recuerda que el certificado “es una decisión que parte de la administración en línea a lo que ya existe en otras Comunidades Autónomas, posibilitando la adscripción al convenio de licencia interautonómica, que permite cazar en aquellas comunidades que formen parte de este convenio”.
La Orden 13/2015 de 27 de mayo de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente establece que quien quiera obtener por primera vez la licencia de caza de la Comunitat Valenciana y no tenga acreditada su aptitud, tendrá que hacer un curso de 20 horas de duración, presencial u online, con clases teóricas y prácticas, y aprobar un examen final que constará de dos partes, una teórica y otra práctica. La teórica incluye temas sobre cinegética, aspectos jurídicos, armas, seguridad y ética, y su examen consistirá en un cuestionario de 30 preguntas. Por su parte, el práctico evaluará en otras 30 cuestiones los conocimientos de identificación mediante fotos, diapositivas o ejemplares naturalizados, de las especies cinegéticas, exóticas o catalogadas de la Comunitat Valenciana así como las armas reglamentarias permitidas para la caza.
Para poder presentarse al examen es obligatorio haber asistido como mínimo al 80% de las clases. El certificado se obtendrá cuando se apruebe tanto el teórico como el práctico, aunque en caso de suspender este último el interesado tendrá otras oportunidades para repetir solo esa prueba. Una vez superado el examen de aptitud, el responsable o director del curso y el máximo represente de la entidad homologada elevará a la dirección general con competencias en materia cinegética la relación de personas aptas y será ésta la encargada de emitir el certificado de aptitud. En el caso de los menores de edad, será requisito indispensable tener 14 años cumplidos, a la fecha de realización del ejercicio final y contar, en el caso de menores no emancipados, con autorización escrita de uno de los padres o tutor.
La Orden, que ha sido publicada esta mañana en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana, reconocerá como válidos los certificados de aptitud y las licencias de caza expedidas con pruebas similares por cualquier otra comunidad autónoma, para la obtención de la licencia en la Comunitat Valenciana. Desde la entrada en vigor de la orden y hasta que se implementen los cursos, la administración podrá expedir temporalmente licencias de caza de un año de validez a los solicitantes que no tengan acreditado o convalidado el requisito de aptitud y conocimiento.