Tras realizar diversas consultas a lo largo del día de hoy con la Administración Pública, y tras la publicación ya avanzado el día de la Resolución de 12 de agosto de 2021, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, y de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la cual se efectúan determinadas restricciones, suspensión de actividades y recomendaciones, en relación con el riesgo de incendios forestales derivados de la actual ola de calor en la Comunitat Valenciana, estando activados el Plan territorial de emergencia (PTE) y el Plan especial frente a incendios forestales (PEIF
, se informa que la práctica de la actividad cinegética queda materialmente prohibida, en aplicación de dicha Resolución de alerta 3, desde mañana viernes hasta la finalización de la preemergencia.
En este sentido, la Resolución citada, ha establecido las siguientes prohibiciones:
1. Medidas preventivas durante la preemergencia 3:
a. Prohibición del tránsito de personas por senderos y campo a través.
b. Suspensión de trabajos en los terrenos forestales o sus inmediaciones.
c. Suspensión del uso festivo-recreativo del fuego con motivos festivos.
d. Prohibición genérica de encender cualquier tipo de fuego en los terrenos forestales y en la zona de influencia forestal (hasta 500 metros).
e. Suspensión de cualquier tipo de autorización otorgada para circulación deportiva por terrenos forestales.
2. Prohibiciones adicionales:
a. Prohibición de circular por las pistas y caminos forestales, con cualquier tipo de vehículo, bicicleta o a pie, dentro de los parques naturales que se citan a continuación, excepto el tránsito de vehículos para actuaciones de gestión, mantenimiento, vigilancia, acceso a residencias, explotaciones agrarias o instalaciones enclavadas dentro del mismo parque: Serra d’Irta, Penyagolosa, Desert de les Palmes, Tinença de Benifassà, Serra Espadà, Serra Calderona, Chera-Sot de Chera, Puebla de San Miguel, Túria, Hoces del Cabriel, Serra de Mariola, Font Roja, El Montgó, Serra Gelada y Prat de Cabanes-Torreblanca.
b. Prohibición de cualquier prueba deportiva que transcurra por terreno forestal, y suspensión de las ya autorizadas para el periodo indicado.
c. Suspensión de las autorizaciones emitidas para las zonas de acampada en terrenos forestales gestionados por la Generalitat durante el periodo de vigencia de esta resolución. Las direcciones territoriales notificarán este extremo a los interesados. En el caso de los albergues, campamentos y campings ubicados en terrenos forestales, no podrán realizar actividades deportivas y/o recreativas fuera de las instalaciones propias de los mismos.
d. Suspensión de las labores de siega del cereal mediante el uso de maquinaria que pueda originar un incendio forestal (cosechadoras y empacadores) en la franja de 500 metros de terreno forestal desde las 10:00 hasta las 20:00 horas del período indicado.
La Federación de Caza de la Comunidad Valenciana también quiere informar a todos sus federados que va a solicitar la recuperación de los días de caza perdidos en los que no se ha podido desarrollar la actividad cinegética como consecuencia de esta Resolución. Y de la misma forma, también ha trasladado su descontento por la inseguridad jurídica que generan este tipo de normas, más aún cuando la propia Federación lleva tiempo insistiendo en la necesidad de una regulación fiable y concreta que ofrezca la suficiente seguridad jurídica ante situaciones de emergencia, y que asegure al mismo tiempo la defensa de los agricultores y ganaderos por los daños causados por animales cinegéticos, prevención de accidentes de tráfico, epizootias y zoonosis.
Puede consultar el texto íntegro de la Resolución aquí.