Se prorrogan 6 meses las licencias de armas que caduquen durante el Estado de Alarma

[:es]El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la Orden INT/316/2020, del 2 de abril, por la que se adoptan medidas en materia de armas, ejercicios de tiro de personal de seguridad privada, artículos pirotécnicos y cartuchería, y explosivos en aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En dicha Orden se dispone que las licencias de armas tipo B, D (rifle), E (escopeta), F y sus autorizaciones temporales de uso, cuyo período de vigencia venza durante el Estado de Alarma y sus sucesivas prórrogas, y hasta dos meses después de su finalización, quedarán automáticamente prorrogadas por un período de seis meses desde la fecha de su pérdida de vigencia. Es decir, que toda aquella licencia de rifle y escopeta que caduque durante el Estado de Alarma, e incluso hasta dos meses de finalizado aquél, se prorroga 6 meses de forma automática.
Al igual que en el caso anterior, también los informes de aptitud psicofísica que se encuentren ligados a las licencias y visados de armas, cuyo período de vigencia venza durante el Estado de Alarma y sus sucesivas prórrogas, y hasta dos meses después de su finalización, quedarán automáticamente prorrogadas por un período de seis meses desde la fecha de su pérdida de vigencia.

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