Publicada la nueva Orden para la captura y cría en cautividad de aves de silvestrismo

La Generalitat Valenciana ha publicado en el Diari Oficial de la Comunitat del 2 de agosto  la nueva Orden, de carácter excepcional, que autoriza a partir de este mes la captura, tenencia y cría de aves fringílidas para su participación en concursos de canto. La Administración argumenta esta Orden atendiendo a las  instrucciones de la Comisión Europea que estipula que dichas aves deben estar criadas en cautividad. No obstante, la Federación de Caza de la Comunidad Valenciana ya mostró su total desacuerdo en alegaciones presentadas a finales de mayo con una legislación que no atiende a las conclusiones objetivas de estudios científicos acerca de la dificultad que supone la cría en cautividad de estas especies. Entre ellos, es significativo el elaborado por la Fundació per a l’Estudi de na Natura i la Caça  (Fedenca) y l’Institut Català d’Ornitologia (ICO) tras cuatro años de investigación. 

La Federación se ha puesto en contacto con las Direcciones Territoriales de la Generalitat a efectos de que se agilicen al máximo las autorizaciones requeridas para proceder a la captura, tenencia y cría. Una vez más la tardanza en la publicación de la norma hará casi inviable que la apertura prevista para el 6 de agosto sea una realidad por lo que se perderán parte de los días hábiles previstos. Las solicitudes para obtener esta autorización se pueden cursar a través de la web de la Conselleria www.agroambient.gva.es/ o en cualquier oficina Prop. La Federación, como todos los años, pone su Gabinete Técnico al servicio de los silvestristas federados para la tramitación.

 

La Generalitat reconoce que de momento la cría en cautividad no es viable para abastecer la demanda de aficionados en la Comunidad Valenciana y prevé el plazo de tres años marcados desde Bruselas para realizar la transición y sustituir las aves de canto de origen salvaje. Entre 2016 y finales de 2018 el Ministerio de Agricultura, Agua y Medio Ambiente establece unos cupos anuales decrecientes de capturas por Comunidades. Estos se reflejarán en las Órdenes publicadas anualmente por la Generalitat, administración competente en materia de caza en la región.  

La Orden anual especificará el número de autorizaciones y el de capturas anuales que se podrán acometer a través de las distintas asociaciones silvestristas. Se exigirá la captura de ambos sexos y el control de aves mediante anillamiento para su diferenciación y expresa que los criadores deben intercambiar los ejemplares para evitar la consanguinidad. Las aves que se podrán apresar son el jilguero, el pardillo común, el verderón común, el verdecillo y el pinzón común.

Las autorizaciones se expedirán para actividad provincial a los miembros de asociaciones ornitológicas silvestristas solicitantes. El interesado debe contar con recinto, local o instalación así como medios adecuados para criar las aves; carecer de inhabilitación en relación con la actividad y haber pagado la tasa de expedición de autorizaciones para la captura de aves fringílidas con red.  

Los métodos de captura autorizados son las redes de tiro o abatibles, las redes de libro y la redes de suelo, pudiéndose emplear únicamente reclamos vivos. Se expedirá una autorización por silvestrista que deberá reflejar el lugar o lugares donde se practique la captura, periodo y número máximo autorizado de capturas por sexo al día y el número total de ejemplares autorizado durante el periodo. Las jornadas de captura se extenderán entre agosto y noviembre cada año entre 2016 y 2018.  

La Federación de Caza de la Comunidad Valenciana se ha mostrado también contraria a que no se haya incluido este texto que regula las capturas de fringílidos en la Orden anual de vedas como se ha hecho hasta la fecha, dado que el silvestrismo es una modalidad de caza tradicional muy arraigada y, como tal, va a ser defendida su práctica ante las Administraciones de ámbito autonómico, estatal y europeo. 

 

Para leer la Orden pulsar sobre este enlace  

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