La Audiencia Provincial da la razón a la Federación y ordena que siga la investigación por la interrupción de la batida del Desert de les Palmes

[:es]La Audiencia Provincial de Castellón vuelve a abrir la denuncia interpuesta por la Federación de Caza de la Comunidad Valenciana contra los actos sucedidos durante la batida celebrada el 14 de febrero de 2020 en el Desierto de las Palmas, en la cual, un grupo de personas se introdujo dentro de la mancha de la batida para tirar cohetes y paralizar la jornada, tal y como así se produjo.
Tras el archivo de la querella por parte del juez de instrucción nº1 de Castellón el pasado año, el gabinete jurídico la Federación de Caza se puso a trabajar para que esta causa volviera a ser investigada por no estar de acuerdo con el sobreseimiento del asunto, presentando el correspondiente recurso judicial. Ahora, la AP de Castellón ha contestado dicho recurso dando la razón a la Federación, revocando el archivo del Juzgado de Primera Instancia y ordenando que se siga investigando los hechos por si fueran constitutivos de infracción penal.
Pablo Molina, delegado de la Federación en Castellón, ha manifestado que «no vamos a consentir ninguna agresión contra nuestros federados y vamos a llegar judicialmente siempre hasta el final cuando alguien trate de interrumpir cualquiera de nuestras acciones de caza que son totalmente legales y que además cumplen una función social». «Se ha demostrado –prosigue- que la caza es necesaria, también en el Desert, y la única herramienta eficaz para controlar la superpoblación de jabalí y evitar accidentes de tráfico, además de los daños a la agricultura y las infraestructuras».
La Federación de Caza lleva mucho tiempo solicitando a la Administración que se incluya entre la normativa sanciones específicas contra todas aquellas personas que traten de entorpecer e imposibilitar batidas o ganchos de forma dolosa tal y como ya ocurre en casi todos los países europeos. Sin ir más lejos Francia, que ya recoge en su Código de Medio Ambiente sanciones expresas para todos aquellos que mediante actos concertados de obstrucción, traten de impedir el desarrollo de acciones de caza (art. R428.12.1 Code de l’Environnement).
La Federación recuerda que todos sus servicios técnicos y jurídicos están a disposición de todas las personas y clubes federados para cualquier problema que pudieran tener en el ejercicio de su actividad cinegética.
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