Artículo 1.- Objeto.
La Real Federación Española de Caza, de conformidad a lo dispuesto en la Ley 10/1990
del Deporte, Art. 33.a), Real Decreto 1835/91, Art. 3 y en sus Estatutos, califica y organiza las actividades y competiciones deportivas oficiales de las especialidades de la caza deportiva en España.
Artículo 2.- Ámbito.
El ámbito de este reglamento se extiende a todas las actividades y competiciones oficiales españolas, que se desarrollarán obligatoriamente por las prescripciones de este reglamento y las Reglas Técnicas vigentes de cada especialidad y subespecialidad. Todos los participantes en las competiciones oficiales deberán conocer y cumplir el presente reglamento.
Artículo 3.- Objetivos.
Las competiciones tienen entre otros objetivos la mejora de las técnicas deportivas y la mayor cualificación de los deportistas, que permita mejorar las actuaciones de los participantes en las competiciones de caza, acorde a unos principios de calidad técnica y seguridad de los deportistas.
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